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Para iniciar una empresa de transporte, aparte de los pasos generales que toda empresa debe realizar para formalizar sus actividades, como lo son los estatutos sociales, acreditación de domicilio, verificación de actividad, instalación del certificado digital, inscripción del sistema de facturación y patente municipal, es necesario considerar al Ministerio de Transporte quien otorga una autorización para poder realizar la actividad.
Reúna los antecedentes mencionados en el campo documentos requeridos y llenar formularios correspondientes disponibles en la página del Ministerio de Transporte. Presentar documentación en la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones correspondientes a la región donde se prestará el servicio. Entregue los antecedentes requeridos. Como resultado del trámite, se obtiene el Certificado de Inscripción en el Registro, que permite a cada vehículo realizar el servicio el servicio de transporte privado registrado.
Operadores de servicios de interesados en prestar un nuevo servicio de transporte privado o de incorporar un nuevo vehículo a un servicio existente.
Para autorización general
Personas naturales-fotocopia de cédula de identidadLas personas jurídicas como sociedades de responsabilidad limitada o sociedades anónimas deberán presentar:Escritura Social de la sociedadCertificado de Vigencia, emitido por el Conservador de Bienes Raíces.Escritura donde conste la personería del representante legal con certificado de vigencia. En caso de vehículos de propiedad de un tercero, deberá dejarse constancia, a través de la firma del propietario en el formulario o de la presentación de un documento escrito, de la existencia de un título que habilita a destinarlos al servicio. En el caso de presentar un documento, deberá estar firmado por el responsable del servicio y él o los propietarios de los vehículos. Certificado de Inscripción y de anotaciones Vigentes en el Registro de Vehículos Motorizados del Servicio de Registro Civil e Identificación. Fotocopia del certificado de revisión récnica.Fotocopia dela licenciade conducir de el o los conductores. Fotocopia del seguro del personal de conducción para cubrir los montos mínimos de cobertura que se señalan en el artículo 23º del D.S. 80/04 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. (El seguro debe contemplar a lo menos, las condiciones establecidas en la póliza inscrita en el Registro de pólizas dela Superintendenciade Valores y seguros bajo el código 292.098 complementada en las cláusulas accidentales, también inscritas en el aludido Registro, con los códigos 292.136 y 294.017).
Para autorización especial
Fotocopia del certificado de inscripción en el Registro Nacional de Servicios de Transporte Remunerado de Escolares. Certificado de Inscripción y de Anotaciones. Fotocopia de Revisión Técnica.Fotocopia de Licencia de Conducir de el o los conductores. Fotocopia del Seguro del personal de conducción para cubrir los montos mínimos de cobertura que se señalan en el artículo 23º del D.S. 80/04 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. (El seguro debe contemplar a lo menos, las condiciones establecidas en la póliza inscrita en el Registro de pólizas dela Superintendenciade Valores y seguros bajo el código 292.098 complementada en las cláusulas accidentales, también inscritas en el aludido Registro, con los códigos 292.136 y 294.017).
Marco legal
Decretos Nº 80/2004 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=230180