Español
La Sociedad E.I.R.L fue creada con el interés de incentivar el emprendimiento individual en nuestro país, sin tener la necesidad de asociarse para limitar la responsabilidad, protección que resulta necesaria y útil a la hora de formalizar algún negocio, salvaguardando con ello arriesgar los bienes personales de quien emprende.
En este sentido la E.I.R.L. se recomienda para aquellos emprendedores individuales, que requieran iniciar una actividad económica, o aquellos que necesiten formalizar una actividad que ya desarrollan como persona natural, y además, que no proyecten la necesidad de ingresar a nuevos socios. Este tipo legal permite la creación de un patrimonio separado al patrimonio personal, el cual será asignado a la empresa.
La empresa en sí responderá de sus obligaciones con dicho patrimonio, pero el empresario solo deberá responder personalmente con sus bienes hasta el monto de su aporte. La administración corresponderá a su propietario; sin embargo, éste puede dar poderes generales o especiales a un gerente o mandatario.
Para emprendedores individuales, que requieran iniciar una actividad económica, o aquellos que necesiten formalizar una actividad que ya desarrollan como persona natural.
No se podrán ingresar nuevos socios a la empresa.
Solo 1 socio.
Facilidad de constitución y de sus respectivas modificaciones.
Interpretación restrictiva de la ley, al considerar que dicha estructura legal solo puede tener un giro a desarrollar, además de que la administración no se puede otorgar a terceros, sin emitir poderes específicos o escrituras públicas para las facultades de administración.